
Regulado el desarrollo del practicum.
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la orden que regula el desarrollo del practicum de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y en Educación Primaria y establece los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y de los maestros tutores.
Para el desarrollo del practicum se asignará un centro de formación en prácticas y un maestro tutor de prácticas a cada uno de los alumnos que cursen los grados de Infantil y de Primaria, a alumnos que realizarán las prácticas en los centros seleccionados a lo largo del curso, de acuerdo con el calendario y planificación previsto por el centro universitario.
El alumnado en prácticas no podrá sustituir al maestro tutor, debiendo ser considerado como un colaborador en las actividades educativas, y su estancia en los centros educativos no supondrá ningún tipo de vínculo o relación laboral con la Consejería de Educación.
En cuanto a las funciones que debe desempeñar el centro de acogida figuran la de acoger al alumnado en los periodos que se establezcan a lo largo del curso escolar y promover su integración en el centro, posibilitar su iniciación en la práctica docente facilitando su conocimiento del centro y de las funciones del profesorado, asesorarle en cuestiones pedagógicas y didácticas, evaluar el desarrollo de las prácticas y asistir a las sesiones informativas y formativas que determine la Consejería.
La dirección del centro de formación en prácticas, u otro miembro del equipo directivo, coordinará las prácticas y velará por el adecuado desarrollo de la tutoría del alumnado.
En cuanto a la selección de los centros de formación en práctica y los maestros-tutores, que se realizará mediante la convocatoria que se publicará en el DOE, podrán optar a ser centros de formación en prácticas los centros sostenidos con fondos públicos que impartan educación infantil o primaria.
Para ello deberán presentar la solicitud correspondiente, en el plazo de 15 días a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOE, en la que deberán expresar el número de maestros que se proponen, distinguiendo por especialidades, y adjuntar un acuerdo expreso del claustro o de la comisión de coordinación pedagógica de participar en la convocatoria.